Academia A Mariña resuelve las dudas más comunes sobre los contratos de formación.

Es una modalidad contractual que permite que el trabajador adquiera la formación profesional específica para un puesto de trabajo, mediante un sistema teórico-práctico. Con este tipo de contrato la empresa se beneficia de una reducción del 100% en los Seguros Sociales (75% si es una empresa con más de 250 trabajadores).

El contrato se puede formalizar por el periodo mínimo de 1 año y máximo de 3 años. No obstante, mediante convenio colectivo podrán establecerse distintas duraciones del contrato, sin que la duración mínima pueda ser inferior a 6 meses, ni la máxima superior a 3 años.

Se podrá prorrogar hasta agotar la duración máxima. (Con un máximo de dos prórrogas).

  • Edad: mayores de 16 y menores de 25. (No hay límite de edad para trabajadores con una discapacidad reconocida).
  • No tener estudios relacionados con el puesto de trabajo (universitarios, FP o Certificado de Profesionalidad).
  • Estar inscrito en la Oficina de Empleo como desempleado, al menos un día.
  • Disponer de unas competencias tecnológicas mínimas para realizar formación online y acceso a internet.
  • Para determinadas ocupaciones deberá presentar una acreditación mínima de ESO o bachiller, sólo cuando proceda (Certificados de nivel 2 o 3).
  • Comprometido con la realización de la formación.
La normativa no establece límite, así que, salvo lo establecido en convenio, la empresa podrá celebrar tantos contratos para formación y aprendizaje como le sea necesario.
El trabajador contratado para el nuevo contrato de formación en la modalidad de teleformación debe ser consciente de que la formación que va a realizar se trata de una formación reglada de Certificado de Profesionalidad. Si supera esta formación va a obtener una titulación oficial, equiparable a un FP. Por tanto, deberá atender también a una serie de responsabilidades para superar la formación obligatoria de su contrato:
  • Acceder a la plataforma Online de nuestro centro para realizar la formación.
  • Entregar todas las tareas y participar activamente en su formación.
  • Acudir a los exámenes presenciales al finalizar cada módulo, en el centro concertado de Academia A Mariña.
  • En determinados certificados, deberá asistir a un número reducido de tutorías presenciales en el citado centro.

Si cumple con todo esto, y supera los exámenes, obtendrá su titulación oficial directamente, que expedirá el Servicio de Empleo de cada Comunidad Autónoma.

Antes de dar el alta contacta con Academia A Mariña, ya que, al ser una formación reglada, es preciso contar con la autorización del SEPE para la realización de la formación por parte del trabajador. Nuestro centro se encarga de hacer la autorizada, una vez obtenida, os informaremos para que realicéis todos los trámites de contratación y alta. Este trámite podrá durar varias semanas, el SEPE deberá contestar como máximo en el plazo de un mes, en el caso de no obtener respuesta, la acción formativa se entenderá como autorizada, según indica el artículo 16 del RDL 1529/2012.

Antes del alta del contrato tenéis que haber recibido autorización de la formación, de lo contrario el contrato se encontraría en fraude de ley, pudiendo derivar en incidencias ante una inspección.

El tiempo dedicado a la formación teórica se fijará en el contrato. En ningún caso el tiempo de formación podrá ser inferior al 25% de la jornada máxima prevista en Convenio Colectivo o, en su defecto, de la jornada máxima legal durante el primer año de contrato de formación. Durante el segundo y tercer año de contrato, el tiempo destinado a formación teórica será del 15% sobre el total de la jornada laboral.
Dependiendo del certificado de profesionalidad al que queramos acceder, se tienen que cumplir los siguientes requisitos según el nivel de cualificación profesional:
  • Nivel 1: Sin requisitos formativos ni profesionales.
  • Nivel 2: Título de ESO, Prueba de Acceso a Ciclo Formativo de Grado Medio, Certificado de profesionalidad del mismo nivel, Certificado de profesionalidad de nivel 1 de la misma familia profesional, Prueba de Acceso a la Universidad (PAU) para mayores de 25 años.
  • Nivel 3: Título de Bachillerato, Certificado de profesionalidad del mismo nivel, Prueba de Acceso a Ciclo Formativo de Grado Superior, Certificado de profesionalidad de nivel 2 de la misma familia profesional, Prueba de Acceso a la Universidad (PAU) para mayores de 25 y/o 45 años.
Además de los requisitos ya establecidos para realizar el contrato para la formación y el aprendizaje, el trabajador deberá:
  • Tener acceso a Internet.
  • Según el nivel del certificado, se le podrá requerir estudios finalizados de ESO (nivel 2) o Bachiller (nivel 3). Si no tiene estudios (nivel 1).
  • Conocimientos mínimos en Internet – Ofimática.
  • Compromiso de realizar la formación.
Ya hay un gran número de ocupaciones aprobadas que permiten la impartición en la modalidad de teleformación (puedes consultar en nuestra web www.amarina.org las disponibles), pero existen muchas otras que sólo se podrán realizar en la modalidad presencial (Ej.: carpintero, albañil, etc.).
  • Si no ha agotado la duración máxima, 3 años, sí se podrá realizar contrato de formación durante el tiempo restante.
  • Si ha agotado la duración máxima, no se podrá realizar para la misma ocupación, pero sí para una ocupación diferente.
Depende de la duración del contrato:
  • Si estuvo contratado más de 12 meses, no se puede volver a contratar para realizar la misma actividad con contrato de formación. Sí se podría para una actividad diferente, aunque haya trabajado más de 12 meses en la empresa.
  • Ejemplo: si el trabajador anteriormente hizo labores de camarero, pero la actividad que va a desempeñar actualmente va a ser de cocinero.
  • Si estuvo menos de 12 meses, sí se podría realizar un contrato de formación para el mismo puesto de trabajo.
Si, entre la baja del anterior contrato y alta del nuevo contrato, han pasado menos de 6 meses, la empresa debería abonar los seguros sociales. Si han pasado más de 6 meses, podrá aplicar la reducción del 100% en los Seguros Sociales.
Nada, se podría mantener con el mismo contrato, no le afecta. Lo importante es que el alta inicial se realice antes de que cumpla los 30 años, y se podrá mantener hasta 3 años sin importar que los cumpla. Siempre y cuando no haya una baja y posterior alta, una vez cumplidos los 30 años.
No puede seguir contratado para esa ocupación, puesto que dispone de una formación oficial que le prepara para el puesto. Habría que darle de baja en esa modalidad de contrato.
No pueden realizar trabajos a turnos ni nocturnos, considerando como tal el realizado entre las diez de la noche y las seis de la mañana. (Art.36.1 ET).
Sí. Un autónomo puede contratar a su hijo como trabajador por cuenta ajena si es menor de 25 años, independientemente de si convive con él o no, con derecho a una reducción del 100% de las cuotas a la Seguridad Social. También podrá aprovecharse de estos beneficios del contrato de formación un autónomo sin asalariados en la contratación de un familiar, que no conviva con él, ni esté a su cargo.

No. El contrato de formación siempre tiene que ser a tiempo completo. No sería aplicable la media jornada, según establece el Art.12.2 del Estatuto de los Trabajadores.

No, está exento (según se recoge en el artículo 16, en su apartado 5, del RDL 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la formación profesional dual).

Sí se pueden realizar. El nuevo contrato de formación, desde el 1 de enero de 2016, se deberá realizar vinculado a una formación de Certificado de Profesionalidad, en la modalidad de teleformación.

Academia A Mariña es centro acreditado por el Servicio Público de Empleo Estatal para realizar la formación inherente a este contrato, de forma online y presencial.

Debido a que se trata de una formación reglada, esta formación requiere una solicitud previa para la realización de la formación para cada trabajador, antes de realizar el contrato, por ello, recomendamos contactar con nuestro centro lo antes posible, para ver el perfil necesario y las necesidades formativas para cada caso.